Nuevo reglamento de extranjería 2024: Reagrupación familiar y el concepto de «vivir a cargo»

Si eres ciudadano español, ya sabes que puedes reagrupar a ciertos familiares. Sin embargo, es importante prestar atención a los requisitos del nuevo reglamento de extranjería, que probablemente será aprobado a finales de octubre o noviembre de 2024. Este reglamento establece una nueva definición del concepto de «vivir a cargo», clave para poder reagrupar a familiares como ascendientes o hijos mayores de 26 años. Aquí te explicamos qué significa realmente vivir a cargo y cómo puede afectar a tu solicitud.

 

¿Qué es «vivir a cargo»?

El nuevo reglamento, según el artículo 195 del borrador, especifica que un familiar se considera a cargo de un ciudadano español cuando existe una dependencia económica, física o de pertenencia a un mismo hogar. Estos tres elementos son cruciales y deben ser demostrados antes de presentar la solicitud.

 

1. Dependencia económica

Se entiende que un familiar está a cargo si depende económicamente de un ciudadano español. Sin embargo, esta dependencia debe ser real, estable y sostenida en el tiempo. Además, debe preexistir al momento de presentar la solicitud de reagrupación y debe haber ocurrido en el país de origen del familiar y no en España.

Para demostrar esta dependencia económica, el reglamento establece que se deben realizar transferencias de dinero al país de origen que cubran al menos el 51% del Producto Interior Bruto (PIB) per cápita de dicho país. Por ejemplo, si el PIB per cápita es de 300 euros al mes, se deberían enviar unos 153 euros de forma regular durante al menos un año.

Además, el ciudadano español que envía dinero debe tener una fuente de ingresos estable para justificar el apoyo económico.

 

2. Dependencia física

Otra situación que se contempla es la dependencia física. Esta se refiere a casos en los que un familiar padece una enfermedad grave que le impide valerse por sí mismo en su país de origen. En estos casos, es necesario que el ciudadano español lo traiga a España para brindarle cuidado. La enfermedad debe ser grave y preexistente antes de la solicitud.

 

3. Pertenencia a un mismo hogar

Finalmente, el reglamento también menciona que un familiar puede considerarse a cargo si hay una convivencia previa en un mismo hogar. Esto implica que el ciudadano español y su familiar han compartido el mismo espacio doméstico de forma continua por al menos 24 meses antes de presentar la solicitud.

Este concepto es un poco más amplio que el establecido anteriormente y no se limita solo a la convivencia temporal por conveniencia, sino a una vida doméstica compartida y sostenida en el tiempo.

 

Familiares que no necesitan justificar «vivir a cargo»

No todos los familiares deben justificar este requisito de vivir a cargo. El cónyuge, la pareja registrada y los hijos menores de 26 años no están sujetos a esta exigencia, lo que simplifica su proceso de reagrupación.

Por otro lado, los ascendientes mayores de 80 años también quedan exentos de tener que demostrar la dependencia económica o física, ya que el reglamento presupone que viven a cargo debido a su edad.

 

El nuevo reglamento de extranjería de 2024 introduce definiciones claras para el concepto de «vivir a cargo», lo cual será crucial en los casos de reagrupación familiar. Si estás pensando en reagrupar a familiares, asegúrate de cumplir con estos requisitos para evitar la denegación de tu solicitud.

Este reglamento puede traer novedades que afecten a muchas familias, por lo que te recomendamos estar al tanto de su aprobación y de las modificaciones que puedan surgir. Si tienes dudas o necesitas ayuda con tu caso, contáctanos para una consulta legal especializada.

 

 

 


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